domingo, 11 de julio de 2010

ELEMENTOS PARA UNA LA “REFORMA” JUDICIAL EN EL PERU

El Poder Judicial Peruano no necesita reformarse, el Poder judicial necesita transmutarse. Hipostasiarse de una agencia de poder y exacción del pueblo en una institución de servicios a la ciudadanía.
El fracaso de la reforma judicial de los años setenta se caracterizó por la desintegración del Poder Judicial en fueros especiales con Jueces designados por el Ejecutivo. Las experiencias de los años ochenta solo sirvieron para que el los partidos y las recomendaciones hicieran un Poder Judicial pusilánime, que perfectamente lo pudo manipular en los años noventa el Gobierno de Fujimori, de forma tal que era una agencia de empleos de abogados serviles.
El presente siglo, ha sido marcado por la improvisación donde, por ejemplo, un Juez Penal llega como 500 procesos sin la logística suficiente y un Juez anticorrupción lleva con las mismas prerrogativas y con todo el apoyo presupuestal un promedio de 10 procesos de Vladimiro Montesinos.
La “reforma” judicial necesita de 10 años y del esfuerzo en grandes ámbitos:

1. Cambio de personas: solamente las personas que tienen una formación moral infranqueable pueden desarrollar funciones judiciales, solamente los abogados que hayan tenido éxito profesional puede ser jueces, solamente los abogados que hayan desarrollado una cultura jurídica basta que permita atender con eficiencia los diversos problemas de la gente, son los magistrados que se deben seleccionar. Evitemos que el Poder Judicial sea parte de la rapiña de los Partidos Políticos.

2. Cambio de políticas, y mas que cambio de políticas, se necesita una política judicial clara y firme: El Poder Judicial no ha tenido un planeamiento participativo de organización y estrategias para garantizar el derecho humano de acceso a la justicia, no ha tenido nunca liderazgo ni gerenciamiento de los servicios de justicia para el pueblo. Se comete el error que la administración de justicia es solo aplicar la ley retrocediendo la historia del derecho en 200 años, cuando en realidad se trata de solucionar los problemas de la gente desde una perspectiova interculturala, con calidad de servicio, siendo la constitución un marco de creación de soluciones accesibles y justas
3. Democratización: La democratización del poder judicial no solo debe pasar por la elección de magistrados en primera instancia, sino además por la elaboración de políticas y control permanente de la población, de los usuarios y la coevolución con otras entidades, por reforma del poder judicial significa reforma del sistema carcelario, reforma del ministerio publico, reforma del la policía nacional y reforma del sistema educativo. El poder judicial debe ser el principal defensor de los derechos humanos y el principal ejecutor de políticas sociales de justicia con participación de todos.
4. La designación y control de los magistrados: La única forma de garantizar la no ingerencia de ningún poder es con un Consejo de la Magistratura absolutamente independiente y conformado por representantes de los colegios de abogados de las facultades de derechos y las organizaciones de usuarios, no mas. Y toda falta disciplinaria debe ser procesada y resulta en el Consejo de la Magistratura.

Como se puede observar, una reforma requiere de un mínimo de 10 años de esfuerzo y participación de todos, lo demás, sin lugar a dudas es la visión obtusa de diversos de la Corte Suprema, de los Presidentes de la Republica y de algunos miembros del Consejo de la Magistratura. Si no hay control ciudadano y planificación participativa de las políticas judiciales de la población no habrá reforma judicial.

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